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Última actualización: enero 2026 · Incapacidad Temporal

Despido durante la baja médica

¿Qué sucede con tu paro y cómo afecta a lo que cobras si te extinguen el contrato en incapacidad temporal?

Lo principal
De baja médica al paro

¿Es legal que me despidan estando de baja?

Desde la Ley 15/2022, el despido motivado exclusivamente por estar de baja o por motivos de salud es nulo (discriminatorio). Sin embargo, si la empresa tiene causas objetivas, económicas o disciplinarias totalmente ajenas a tu enfermedad que justifiquen el despido, sí es legal (o al menos procedente/improcedente y no nulo). También es legal que termine un contrato temporal llegado su fin.

Dejo de trabajar estando de baja, ¿ahora qué?

Si la relación laboral finaliza mientras estás en Incapacidad Temporal (IT), tú sigues cobrando tu prestación por incapacidad médica. Sin embargo, el pago de tu baja pasa de ser gestionado por la empresa a ser asumido por la Mutua de Accidentes de Trabajo o el INSS / SEPE directamente.

Cuantías y cotizaciones
¿Cuánto cobro de baja sin contrato?

Si la baja fue por Contingencias Comunes (Enfermedad común)

Si tu IT es por gripe, operación no laboral, etc., y se acaba tu contrato: pasarás a cobrar la cantidad correspondiente a la prestación por desempleo. Es decir, aunque sigas de baja, cobrarás el 70% de la base reguladora (en lugar de lo que cobrabas antes por IT).

El consumo del paro (¡Importante!)

En contingencias comunes, el tiempo que pases de baja médica tras finalizar el contrato se descuenta de tu paro acumulado. Es decir, si tenías 12 meses de paro y estás 2 meses de baja médica post-contrato, cuando te den el alta médica solo te quedarán 10 meses de paro ordinario por consumir.

Enfermedad Profesional o Accidente Laboral

Si tu IT es por motivos laborales, seguirás cobrando lo mismo que venías cobrando en la baja (generalmente el 75%) y, lo más importante, el tiempo que sigas en IT una vez finalizado el contrato no restará ni consumirá tu prestación por desempleo. Cuando te den el alta médica, tendrás tu paro íntegro intacto.

Ejemplo Práctico Numérico

Caso Contingencia Común vs Profesional:

Luis (baja por una caída jugando al fútbol) y Ana (baja por una lesión originada por usar una herramienta en su fábrica). Ambos pierden su empleo el día 1, teniendo 360 días de paro acumulado.

  • Luis (Enfermedad común): Pasa a cobrar la cantidad que le daría el paro. Está en IT 2 meses. Cuando le dan el alta, tiene que solicitar formalmente su desempleo y ya solo le quedan 10 meses.
  • Ana (Accidente de trabajo): Sigue cobrando por la mutua sin mermas. Está 2 meses de baja. Al darse de alta y pedir el paro, el SEPE le concede sus 12 meses enteros, porque su contingencia era laboral.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

No debes solicitar la prestación contributiva por desempleo hasta que recibas el acta de alta médica. Mientras estés de baja médica, estás cubierto por la Incapacidad Temporal (a través de la Mutua o INSS).

Dispones del plazo ordinario de 15 días hábiles. Es crítico solicitarlo en ese plazo; de lo contrario sumarías otro recorte de prestación adicional a los consumos generados.

Si la baja médica ocurre mientras ya estabas apuntado al paro (desempleado formal), debes comunicarlo al SEPE entregando el parte de baja. Tu demanda de empleo se suspenderá "sin obligación de renovar" hasta el alta médica.

No, seguirás cobrando exactamente la cuantía de tu prestación por desempleo vigente, y el tiempo de baja seguirá descontando la duración de tu prestación ordinaria.

Al recibir el alta te quedarás sin meses de prestación contributiva (los has consumido cobrando en la IT), pero podrás consultar si tienes derecho a los subsidios por desempleo al carecer de rentas.

Fuentes Oficiales y Normativa

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